Esta es tu cotización a la Seguridad Social cuando cobras el paro

Esta es tu cotización a la Seguridad Social cuando cobras el paro

Cuando un trabajador se queda sin empleo y ha cotizado lo suficiente como para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo (el paro), uno de sus problemas queda cubierto, el de la falta de ingresos tras la extinción de su contrato. Lo que menos gente sabe es que el cobro de ese paro también ayuda al ciudadano en un aspecto tan importenta como el de la cotización.
Al percibir el paro, el ciudadano seguirá manteniendo sus cotizaciones a la Seguridad Social. Así lo explica el Servicio Público de Empleo Estatal en su página web, en la que detalla que “asume la aportación empresarial” y que descuenta al ciudadano del importe de su prestación el 100% de su aportación.

El SEPE matiza que, si el cobro del paro llega a través de una extinción de contrato, la cuota que abona el organismo es la correspondiente a contingencias comunes: jubilación, viudedad, incapacidad permanente, incapacidad temporal, protección a la familia…quedando fuera de la cotización los conceptos de desempleo, FOGASA, formación profesional y contingencias profesionales.

Así, esta cotización del trabajador en el periodo de cobro del paro es del 4,7%, la que le corresponde por contingencias comunes y que se le descuenta del importe del paro. A ella se le suma la aportación empresarial que asume el SEPE, que es del 23,6%.

Pero, ¿sobre qué base de cotización se cotiza? El SEPE explica que será la misma cantidad que la base reguladora del paro, resultante de calcular la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.

Este artículo pertenece a El Economista y puedes leerlo aquí 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *